El Gobierno le da hasta el jueves a Puigdemont para rectificar

`No era difícil decir si sí o no había declarado la independencia`, ha afirmado Soraya Sáenz de Santamaría

La carta de Rajoy a Puigdemont.
La carta de Rajoy a Puigdemont.
Cadena SER
13:17 • 16 oct. 2017

La vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría ha lamentado en una comparecencia en la Moncloa "que Puigdemont haya decidido no contestar" al requerimiento del Gobierno sobre si había declarado o no la independencia de Cataluña en el pleno del Parlament del pasado 10 de octubre: "No era difícil decir si sí o no había declarado la independencia". La número dos del Gobierno ha asegurado que el presidente catalán aún tiene "una oportunidad de rectificar"y evitar la aplicación del artículo 155. El jueves a las 10 horas acaba el segundo plazo dado por el Gobierno, que ha quedado activado tras la insatisfactoria respuesta de Carles Puigdemont. Antes de ese día el govern debe revocar declaración de independencia: "Puede decir que no tiene que revocarla porque no la ha declarado", ha apuntado Sáenz de Santamaría.




"El diálogo no se exige, se practica", ha dicho la vicepresidenta en referencia a la petición de Puigdemont de una reunión "lo antes posible", y le ha advertido de que cumplir la ley es el "mínimo exigible" para hablar.  Después de que el Ejecutivo haya recibido la respuesta de Puigdemont a su requerimiento, Sáenz de Santamaría ha insistido en que "nadie le niega el diálogo" a Puigdemont, pero debe hacerse "dentro de la Ley, con la máxima claridad y en el Congreso de los Diputados", que es "donde está representada la ciudadanía".




La vicepresidenta ha informado de que Rajoy ha respondido por carta a Puigdemont tras leer la misiva del president del govern catalán. 




Falta de claridad
Antes de estas palabras de la vicepresidenta, el ministro de Justicia, Rafael Catalá, recordó que la respuesta de Puigdemont no se consideraba válida por falta de claridad. 




El requerimiento del Gobierno central a Puigdemont avisaba de que no aceptarían una respuesta evasiva: "En el caso que la respuesta sea afirmativa y a estos efectos la ausencia de contestación y/o cualquier contestación distinta a una simple respuesta afirmativa o negativa se considerará confirmación, se le requiere, de acuerdo con el artículo 155 de la Constitución, a fin de que [ordene] la revocación de dicha declaración de la independencia".







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