“Nunca imaginé que me pedirían cárcel por quitarle el teléfono móvil a mi hija”

Declaraciones del padre al que Fiscalía pedía pena de cárcel por requisar el móvil a una menor

El abogado encargado de defender al padre de la menor, Andrés Pérez Quiles
El abogado encargado de defender al padre de la menor, Andrés Pérez Quiles
Guillermo Mirón
01:00 • 24 abr. 2017

Retirar el móvil a un hijo para incentivar que mejore en sus estudios se ha convertido en una práctica de riesgo. El último proceso judicial que así lo atestigua tuvo lugar a raíz de lo acontecido en una casa cualquiera del pueblo de Olula del Río el pasado 27 de febrero.




Un padre decidió requisar el teléfono a su hija de 14 años como castigo por las malas notas obtenidas. Una escena que ocurre con cierta asiduidad en hogares con adolescentes. Era la segunda vez que el padre, Dumitru I.V., intervenía el teléfono de su hija. Lo había hecho pocos días antes pero  la menor había conseguido otro terminal a escondidas. Su padre, al descubrirlo, optó por requisarlo de nuevo. Un castigo cotidiano que le pudo salir muy caro a Dumitru. Tan caro como los diez meses de prisión y tres años de alejamiento solicitados por la Fiscalía y que finalmente no tendrá que cumplir tras la reciente sentencia judicial que le absuelve.




Esta no es la primera vez que una decisión judicial libra de la cárcel a un padre después de un castigo similar. El pasado mes de marzo el caso de María Angustias H.H. dio la vuelta a España. Fue juzgada y posteriormente absuelta de un delito de malos tratos después de que su hijo la denunciara por quitarle el teléfono móvil. En este caso, sucedido en El Ejido, la Fiscalía pedía para la madre nueve meses de cárcel y el pago de las costas.




La última sentencia que sitúa los hechos en Olula del Río se ha producido después de que la menor denunciara a su padre y a la pareja sentimental de éste por maltrato en el ámbito familiar. En declaraciones a LA VOZ, Dumitru recuerda su estupefacción cuando el día 2 de marzo “vinieron a mi casa dos guardias civiles con dos asistentes sociales”.  Su abogado, Andrés Pérez Quiles, del despacho ‘Najas de la Cruz y Asociados’, explica su “satisfacción” por esta sentencia puesto que, advierte, “no son pocos los procedimientos de este tipo que se saldan con sentencias condenatorias”, por lo que desliza el caso olulense no constituye un hecho aislado ni se trata de una denuncia fuera de lo común en estos días.




Contradicciones  
En el juicio contra Dumitru y su pareja, según el abogado, el testimonio de la menor fue clave para la absolución. La sentencia establece que “no ha existido prueba” con el peso suficiente como poner en duda la “presunción de inocencia” del progenitor. De hecho, tal y como explica el letrado, sus declaraciones han sido “contradictorias desde el principio de la instrucción”.




A estas contradicciones se le sumaron los informes del médico forense, lejanos a corroborar fielmente la versión de la menor, que presentó un informe con lesiones en la cabeza. Sobre esta circunstancia, Pérez señala que “en el caso de haberse producido -las lesiones- el día que señaló la menor, deberían de haber tenido un color azulado, de lesiones evolucionadas, y no fue así”. Además, la propia menor indicó en el juicio “de forma pasmosa” que tenía “capacidad para autolesionarse” por lo que el juez no otorgó la credibilidad suficiente al testimonio de la joven denunciante.




Dumitru relata con pelos y señales la historia que terminó con la sentencia del juez Fermín Villarrubia del Juzgado de lo Penal número Dos de Almería. Lo hace con una entonación de incredulidad con la que cuestiona “cómo puede ser tan fácil” que alguien se enfrente a una petición de prisión “por castigar quitando el teléfono y sin haber tenido problemas con la justicia nunca”. “Es inimaginable porque, primero, tendrían que investigar qué ha pasado realmente”, dice antes de lanzar una pregunta al aire. “Si no podemos ni siquiera castigar a nuestros hijos, ¿cómo les vamos a educar?”.
 





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