La Audiencia impone seis meses de libertad vigilada al menor que amenazó a Alejandro

El joven condenado amenazó al menor acosado y a su familia en la puerta de su vivienda

El abogado Juan Padilla (centro) con la familia del menor acosado.
El abogado Juan Padilla (centro) con la familia del menor acosado.
Guillermo Mirón
14:19 • 17 oct. 2017

La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso interpuesto por la defensa del menor condenado a seis meses de libertad vigilada por amenazar en enero de este año al joven de Olula del Río que denunció acoso escolar a comienzos del pasado curso.




Con esta decisión,  la Audiencia confirma la imposición de seis meses de libertad vigilada dando validez al fallo del Juzgado de Menores que el pasado mes de junio consideró probado que el condenado amenazó “de modo insistente” con la madre del joven acosado, Inmaculada Rivas. Según la denuncia interpuesta, cuando esta bajó del coche con su hijo cerca de su vivienda, el menor comenzó “de modo insistente” a decirle “se te va a caer el pelo” al tiempo que se refería a su hijo “haciendo un gesto de cortarle el cuello”, expresiones que le profirió “con el ánimo de atemorizarla”.




La misma sentencia señala que durante el periodo en el que se desarrolle la medida estipulada el menor acusado debe asistir a un taller de control de impulsos, tener un seguimiento escolar y recibir apoyo al control normativo familiar, según recoge la sentencia del Juzgado de Menores y el auto de la Audiencia Provincial con fecha del 16 de octubre y al que ha tenido acceso este periódico.




Recurso desestimado
En esta última decisión judicial, la Audiencia desestima “el recurso de apelación” presentado por la defensa del condenado, que se escudaba en un “error en la valoración” de las pruebas (declaraciones de los testigos) y una consiguiente “vulneración del derecho a la presunción de inocencia”.




En el fallo, la Audiencia Provincial considera que “existe prueba de cargo suficiente” y “legalmente obtenida” como para “enervar la presunción de inocencia” y “procediendo a la confirmación de la sentencia” anterior. En el documento se subraya que la madre de Alejandro, el menor acosado, ha “mantenido idéntica versión a lo largo del procedimiento sin contradicción” y sin que existiera “móvil espurio ajeno a los hechos enjuiciados” al igual que en el caso del resto de testigos.




El letrado de la familia d e Alejandro, Juan Padilla, considera que la confirmación de la sentencia “corroborar la imposibilidad que tiene Alejandro para normalizar su vida y así poder volver al centro escolar” por “la situación de constante acoso que sufre por este y otros menores en su dial a dial”. El abogado recuerda que estos hechos “son posteriores a los hechos ocurridos en clase y que hay pendientes de enjuiciarse”.
 






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