La Junta propone una sanción de 18.000 euros al hotel que negó hospedaje a jóvenes con Down

Los hechos se remontan a mayo de 2013 y ocurrieron en un hotel de El Toyo

Panorámica del hotel, en una imagen de archivo,
Panorámica del hotel, en una imagen de archivo,
Europa Press
18:30 • 20 oct. 2017

La Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Almería ha acordado proponer una sanción de 18.000 euros al establecimiento 'Hotel & Spa CaboGata Plaza Suites', en la urbanización de El Toyo, cuyo director comercial de reservas fue condenado en mayo en vía penal a 15 meses inhabilitación para el ejercicio de actividades relacionadas con el sector ya que incurrió en discriminación al negar la posibilidad de hacer una reserva de hospedaje a 14 jóvenes con síndrome de Down y a dos monitores de grupo.




La propuesta de sanción, contra la que la empresa tiene 15 días para presentar alegaciones, deriva de que los hechos han sido calificados como una "infracción muy grave" tipificada en el artículo 72.2 de la Ley de Turismo, según han informado a Europa Press fuentes de la administración autonómica.




Los hechos se remontan a mayo de 2013 cuando el director comercial de la central de reservas del establecimiento negó a la asociación almeriense para el Síndrome de Down (Asalsido) la posibilidad de hacer una reserva dando como razón "la de no admitir a grupos de discapacitados psíquicos", imposibilitando de este modo el hospedaje por motivo de su minusvalía.




Asalsido denunció ante la Fiscalía Provincial de Almería, que a su vez pidió la judicialización del caso, e informó de que, al contactar con la dirección del hotel para pedir explicaciones, esta "se reafirmó en su postura, añadiendo que este tipo de personas podrían molestar al resto de los clientes del hotel", lo que "ya les había ocurrido en otra ocasión".




Paralelamente, en junio de 2013, la delegación territorial dictó acuerdo de inicio de procedimiento sancionador a la empresa titular del ´Hotel & Spa Cabogata Plaza Suites´.

"Desafortunada comunicación"
Contra este, la mercantil presentó, a su vez, un escrito de alegaciones en el que reconocía lo "desafortunado" de la comunicación emitida por un empleado de la compañía y aseguraba que "no reflejaba de ninguna manera el proceder real y objetivo del hotel que, en ningún caso, había pretendido llevar a cabo prácticas discriminatorias en la prestación de sus servicios", según han informado la mismas fuentes.




Al tener conocimiento de la vía penal, la Junta acordó en julio de ese mismo año acuerdo de suspensión del procedimiento administrativo sancionador hasta que se sustanciase la resolución judicial en las diligencias previas incoadas, suspensión que se levantó al comunicarse, a través de la Delegación Territorial de Igualdad, la condena al director comercial de reservas como autor de un delito de discriminación del artículo 512 del Código Penal.




Fue entonces, en julio de este año, cuando la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte decretó el alzamiento de la suspensión del procedimiento administrativo sancionador incoado y en el marco del que, con fecha de 21 de septiembre, se resolvió proponer una sanción de 18.000 euros para la infracción muy grave tipificada en el artículo 72.2 de la Ley de Turismo.




Fuentes de la administración han precisado que la notificación a la empresa titular en el domicilio en el que recibió los anteriores comunicaciones resultó infructuosa, por lo que ha sido enviada al BOE, donde se publicará en los próximos días. Recibidas las alegaciones o transcurrido el plazo para formular las mismas de cinco días tras la publicación en BOE, el expediente completo será remitido a la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo, órgano competente para resolver finalmente.



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