El Colegio de Secretarios celebra la sentencia contra el exalcalde

González ha sido inhabilitado durante ocho años por el cese del secretario del Ayuntamiento

El exalcalde (izquierda) con el secretario cesado junto a él.
El exalcalde (izquierda) con el secretario cesado junto a él.
G. M.
19:01 • 16 dic. 2016

El Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Provincia de Almería (Cosiltal) ha mostrado su “satisfacción” por la reciente sentencia que condena al exalcalde popular de Partaloa, José González Rodríguez, por un delito de prevaricación de autoridad.




La causa contra González, condenado a ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público debido, es fruto del cese ilegal del secretario-interventor del Ayuntamiento en 2011. En un comunicado, el colectivo advierte de la especial importancia “de preservar las funciones reservadas a dichos funcionarios encargados de velar por la legalidad en las entidades locales”. Así, pone de manifiesto “las dificultades que, a menudo, sufren algunos funcionarios del colectivo por defender la imparcialidad y la legalidad, para lo cual se hace necesario la protección por parte de todas las instituciones y por la Administración de Justicia”.  




Posible recurso
La sentencia, especialmente dura con la actuación del exalcalde, establece que tanto la primera resolución (para el cese del secretario) firmada en agosto de 2011 por el alcalde y los concejales investigados, así como la segunda resolución de septiembre de 2011 firmada solo por el exregidor, fueron “contrarias a Derecho por falta manifiesta de competencia, por cuanto el único órgano competente para nombrar o cesar al secretario-interventor del Ayuntamiento de Partaloa es la Dirección General de Administración Local de la Junta de Andalucía”, explica Alfredo Najas, letrado del secretario.




El abogado añade que la sentencia “pone especial énfasis en la situación por la que pasó el exsecretario”. Apenas tomaron posesión de sus cargos, tanto el alcalde como los entonces concejales del Ayuntamiento el secretario fue “privado de las llaves” de acceso al Ayuntamiento, “rayano el delito de coacciones” e impidiendo “el ejercicio normal de sus funciones, y la propia custodia de los documentos”, lo que “demuestra que una de las primeras decisiones de ese equipo de gobierno (alcalde y concejales) era prescindir, por cualquier medio” de los servicios del secretario, según reza la sentencia.




Sin embargo, el fallo absuelve a los entonces concejales Antonio Peñuela, Federico Molina y Enrique Montalvo, que firmaron la primera resolución en agosto de 2011 por cuanto que, a pesar de establecerse en la sentencia que la resolución es contraria a Derecho, el juez considera que la misma no tiene naturaleza de “verdadera resolución administrativa” del Ayuntamiento de Partaloa sino de un acuerdo político.




El letrado del exsecretario  discrepa “con respecto a considerar dicha resolución como un acuerdo político y no como una resolución administrativa”, por lo que ha anunciado que tanto él como su defendido se encuentran en estos momentos valorando la posibilidad de interponer el correspondiente recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.

Najas explica que la resolución del alcalde para el cese del secretario “falta a la verdad” según la sentencia, por lo que estudia instar nuevas acciones judiciales por “un presunto delito de falsedad en documento púbico”. Ademas, recuerda que “los periplos judiciales concluyen cuando la sentencia es firme y a día de hoy, no lo es”.






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