Vera paga la indemnización a los Prior por la demolición de su vivienda en 2008

El Ayuntamiento ha abonado 235.000 euros al matromonio británico

Los Prior en una manifestación en el año 2016.
Los Prior en una manifestación en el año 2016.
V. Visiedo / E. Press
18:24 • 19 feb. 2018

El Ayuntamiento de Vera ha pagado ya la indemnización a los Prior por la demolición de su casa en 2008. Tras una década de lucha judicial, Helen y Leonard Prior recibieron el pasado viernes el ingreso de 235.808,54 euros por parte del Consistorio, tal y como se comprometió el ejecutivo local tras la aprobación definitiva del presupuesto de 2018, en el que se incluía una partida destinada a dicha indemnización, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).




Los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Vera han confirmado que la cantidad total abonada al matrimonio británico ha ascendido a 235.808.54 euros. De estos, 229.538,99 euros corresponden a la cantidad que estipuló en su sentencia de septiembre de 2017 el tribunal. Los intereses de demora ascendían a 37.339.48 euros pero el Ayuntamiento ha compensado de esa cifra las costas de uno de los recursos judiciales que a lo largo del proceso perdió el matrimonio británico y el pago de algunas tasas de las que no pudieron ser notificados al carecer de domicilio, lo que en global ascendía a 30.069,93 euros.




Según fuentes del Ayuntamiento veratense, no está previsto que se celebre ningún acto público para escenificar el pago a un matrimonio que se convirtió en un símbolo de la lucha de miles de británicos de toda la provincia contra los abusos inmobiliarios. No obstante, el Partido Popular veratense, a través de las redes sociales, ha pedido al alcalde, el andalucista Félix López, "responsabilidades políticas o como mínimo un perdón público a la familia Prior por el daño causado".




Por su parte, Gerardo Vázquez, portavoz de la Asociación Abusos Urbanísticos Almanzora-NO (AUAN), ha mostrado a LA VOZ su alegría por la resolución de este caso y ha reconocido que los Prior "son un ejemplo para todos nosotros de tenacidad y resistencia". Asimismo, ha felicitado al matrimonio y sus abogados y ha valorado como "un éxito" la resolución del conflicto. "Ahora empieza por fin una nueva etapa para los Prior, y entre todos trataremos de que esto no se vuelva a repetir", ha asegurado Vázquez.




Diez años de pesadilla
El 9 de enero de 2008, en cumplimiento de una orden judicial de demolición que luego fue anulada por el Tribunal Constitucional, las máquinas retroexcavadoras contratadas por la Junta de Andalucía redujeron a escombros la vivienda unifamiliar de los Prior en el Paraje La Loma de Vera. Desde entonces, el matrimonio septuagenario vive en un garaje en la misma localidad. 




Tras años de litigios, el TSJA dictó sentencia contra el Ayuntamiento de Vera por “haber sido declarada nula la licencia de obras otorgada por el ente local y por la que se construyó la citada vivienda”. El Juzgado de lo Contencioso-administrativo 3 de Almería rechazó en su día que existiera "dolo o culpa grave" en la conducta de Leonard y Helen Prior, quienes edificaron su casa "con un título que les habilitaba para ello" y que, "desde un primer momento, presentaron un proyecto destinado a vivienda unifamiliar" y estimó parcialmente la demanda que, inicialmente, reclamaba por los daños los materiales un total de 602.083 euros mientras que por los daños morales interesaba 200.000 euros.

El Alto Tribunal andaluz matizó, sin embargo, que no procedía cambiar la valoración de los daños morales que se hizo en primera instancia "ya que no han sido impugnados de forma concreta y se encuentra debidamente avalados" por informe pericial y la mantuvo en 7.442.16 euros para Leonard Prior y en 1.751,85 euros para Helen Prior.

La sentencia estimatoria señaló que los dos informes periciales en los que basó el fallo el juzgado de lo Contencioso-administrativo incluían como valor de reposición el valor del terreno, y rechazó ambos al igual que la pretensión del Ayuntamiento de Vera, que cifró la cuantía de 60.970,79 euros de acuerdo al presupuesto de ejecución material de la obra a efectos de liquidación.

"Esa cantidad no se corresponde con la realidad y el propio letrado de la corporación local admite que estas cantidades a efectos de liquidación del referido tributo suelen ser cifradas siempre a la baja", trasladó el tribunal, que se fijó en la cantidad del seguro de daños a la edificación concertado por el matrimonio en 2003 para adoptar una resolución.

Así, concluyó que este se refiere a la propia construcción sin incluir el suelo y la valoró en 213.361,76 euros, por lo que la valoración "más realista" por ser la "más ajustada" a la valoración del seguro es la de uno de los informes periciales que la fijó en 220.344,98 euros.






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