El Consultivo declara “nula” la liquidación de 5,4 millones a CEAL

Respalda la petición del Ayuntamiento de revisar la cifra al considerar que “no está acreditada”

Carlos Sánchez, concejal de Salud, Consumo y Servicios Urbanos
Carlos Sánchez, concejal de Salud, Consumo y Servicios Urbanos
Lola González
22:07 • 29 jul. 2015

El Consejo Consultivo de Andalucía ha respaldado la petición del Ayuntamiento de Almería de revisar de oficio la cuantía que estaba condenado a pagar por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a la anterior concesionaria del servicio de cementerios, la UTE CEAL- ARAL, por la resolución del contrato.




El dictamen, realizado el pasado 22 de julio, determina que es “nulo” el acto de  “fijación de la cantidad de 5.410.459 euros en concepto de daños y perjuicios” al considerar que “falta un requisito esencial” que respalde la petición de la empresa, “su acreditación”.




En el desarrollo jurídico de la resolución del Consultivo, se diferencia claramente entre la resolución del contrato y sus motivos, y la liquidación.




Considera el Consejo, como lo hizo el TSJA, probado que el Ayuntamiento incumplió el contrato con la concesionaria ya que no cedió el solar necesario para la ampliación del camposanto de San José y Santa Adela en tiempo y forma. Es decir, cuando se realiza la concesión en el año 1999 se establecía  que  “en el plazo de dos meses a contar desde el cuarto año de la concesión, es decir, 2002” tenía que iniciar la ampliación del cementerio, y no se realizó la cesión hasta 2005.




Precisamente esta falta de cumplimiento del contrato es el argumento que esgrimía la empresa en el escrito de  14 de octubre de 2003 pidiendo la resolución del contrato. Petición que no fue contestada y que acabó aprobándose por silencio administrativo.




Dudas




Probado esto, y considerándose “improcedente” la posibilidad de declarar la nulidad de la resolución del contrato, el Consultivo sí que plantea sus dudas con respecto a “la liquidación del contrato y el pago de 5.410.459 euros en concepto de daños y perjuicios” y es ahí donde considera que “no se está afirmando que no sea procedente el abono de tal cantidad, sino solo que no se ha acreditado de forma suficiente y esa acreditación es un requisito esencial (por no decir el único) para reconocerla como importe de la indemnización”.




Teniendo en cuenta que el informe municipal de 9 de enero de 2014 valoraba la cantidad a abonar en 911.622 euros “muy distinta de la cantidad que la empresa reclamó”, explicó que “no puede ser otra la solución si se piensa que lo contrario conduciría a un absurdo y es que bastaría con solicitar cualquier cantidad, por disparatada que fuere, para que el silencio positivo la convirtiese en inamovible” por lo que la declara como “nulo”.


Proceso


A partir de este dictamen, el viernes irá a Junta de Gobierno la resolución e irá a Pleno en agosto. Se inicia entonces el procedimiento en el juzgado para solicitar la revisión de la cuantía, y de momento, aunque no se sabe lo que podría costar al Ayuntamiento la sentencia, lo cierto es que paraliza los pagos a la empresa el próximo año.
ARAL-CEAL puede iniciar otro proceso judicial si no está de acuerdo con la resolución.


Reacciones



El concejal de Salud, Consumo y Servicios Urbanos, Carlos Sánchez, asegura que este dictamen “respalda lo que lleva defendiendo el equipo de Gobierno desde hace dos años” y es que la cuantía no es tan elevada como la que requería la concesionaria. Dice Sánchez que le da “pena lo absolutamente solos” que han estado en la defensa del tema “y con la oposición en contra cuando lo que se defendía era el dinero de los almerienses”.


Agradece el edil “a los técnicos municipales el trabajo realizado en este tema” para conseguir la revisión de la cuantía.
Hasta el momento el Ayuntamiento tiene claro que en 2016 no tendrán que presupuestar 2,5 millones para la sentencia.



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