Un juez declara huérfana total a la hija de una víctima de género

El juez equipara a una orfandad absoluta la situación de la menor, con su madre fallecida y su padre en prisión

Fiscal y abogados durante el juicio celebrado en 2013.e;clip:re
Fiscal y abogados durante el juicio celebrado en 2013.e;clip:re
Javier Pajarón
21:20 • 08 feb. 2014

La lucha de una niña de Vícar golpeada por la tragedia de la violencia de género abre un camino desconocido y pionero en la protección de las víctimas de malos tratos. Por primera vez, un juez concede los derechos derivados de una situación de “orfandad absoluta” a una menor cuya madre falleció asesinada y su padre cumple condena por el crimen.
La sentencia dictada por el magistrado Juan Carlos Aparicio, titular del Juzgado de lo Social número Tres de Almería, considera que “a efectos prácticos es como si la menor, desde su nacimiento, sólo hubiera tenido  un progenitor, su madre”. Por tanto, obliga al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) al pago de la pensión de orfandad acorde a la situación. Es, como si a efectos legales, el padre hubiera muerto para su hija.
El fallo es pionero en la materia porque el ordenamiento jurídico no contempla específicamente este supuesto hasta ahora.  De hecho, el INSS concedió a la menor sólo “una pensión de orfandad del 20 por ciento”.




Sin patria potestad Sin embargo, la letrada de la familia, María Vázquez Góngora, que también llevó la acusación en el juicio por asesinato celebrado en la Audiencia de Almería en 2013, presentó una demanda para ampliar la protección a la joven. La desconexión de la menor con su padre es manifiesta y, por tanto, la Justicia debía reconocer el desamparo en términos legales.
 Esto es, el agresor fue detenido en 2011 por el crimen y permanece en prisión desde entonces. En 2013 la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería le condenó a 23 años de cárcel en un juicio con jurado popular (el TSJA rebajó luego la condena a 20 años) y confirmó la retirada de la patria potestad. “Nos parecía prioritario”, apostilla Vázquez Góngora.
El magistrado Juan Carlos Aparicio asumió el caso. En la fundamentación de la sentencia supera el concepto de “orfandad absoluta” limitado a la ausencia “física de un segundo progenitor” y considera probado que “el fallecimiento de la madre” dejó a la menor sin padres. Por eso el juez ordena casi triplicar la prestación contemplada inicialmente por el INSS, apenas 250 euros, según la sentencia notificada el 3 de febrero.




Congreso Así pues, el fallo abre una nueva vía para la protección de hijos de víctimas de violencia de género, si bien el Congreso de los Diputados ya asumió la existencia de una agujero en la normativa. Un informe elevado por la letrada almeriense a la Comisión de Justicia se debatió hace un año de la mano de una “proposición no de ley” defendida por el Partido Popular.
El diputado Castillo Calvín defendió que la “protección a los hijos de víctimas mortales” tras presentar el caso de la adolescente de Vícar, huérfana completa en la práctica. “No contemplar ambas situaciones conllevaría una situación de desigualdad que no está justificada en relación con los hijos”, expuso el PP.
La proposición se aprobó con 40 votos a favor, una abstención y una enmienda de CiU. Los grupos se comprometieron así a introducir cambios legales para paliar la situación de las víctimas de malos tratos, incluyendo a los hijos en esta categoría.
Mientras la modificación se cuece en el Parlamento, una sentencia de un juez de Almería sirve en bandeja el argumento. Sólo queda saber  si el INSS recurrirá.









Temas relacionados

para ti

en destaque