La Justicia niega la indemnización a los Prior

El Tribunal Superior de Justicia desestima el recurso presentado por el matrimonio

Momento de la demolición de la casa del matrimonio Prior.
Momento de la demolición de la casa del matrimonio Prior.
Guillermo Mirón
22:59 • 03 oct. 2014

El matrimonio Prior, cuya vivienda ubicada en el municipio de Vera fue demolida en el año 2008, ha vuelto a sufrir otro revés judicial en la búsqueda de una indemnización tras el derribo. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desestimó este verano el recurso formulado por los propietarios de la casa construida en suelo no urbanizable, quienes reclamaban al Ayuntamiento de Vera una cuantía de 740.650 euros en concepto de indemnización.






Apoya la sentencia 




El TSJA considera que la sentencia apelada, dictada por el Juzgado de lo Contencioso administrativo número 1 en el año 2012, es “acertada en su planteamiento”. El fallo recogía que la petición de indemnización era "prematura" ya que "la actio nata se produce desde el momento en el que se pueda reclamar la indemnización, y en este caso, hasta que no se produzca el hecho esencial de la actuación administrativa, la declaración definitiva de nulidad de la licencia, la acción no ha nacido frente al Ayuntamiento". Es decir, instaba al matrimonio de origen británico a esperar a que se decida si la licencia otorgada por el Ayuntamiento en su día para la construcción de la vivienda era nula de forma definitiva.





De igual modo, el TSJA comparte que “la calificada como inadecuada defensa en el proceso” que vivieron haya provocado “el resultado dañoso”. “No puede afirmarse que la actuación del Ayuntamiento” sea una “causa directa del daño que se reclama”, reza la sentencia notificada el pasado mes de julio.





Vida en el garaje




El Ayuntamiento de Vera, en cumplimiento de las medidas cautelares dictadas por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, ha estado proporcionando una vivienda al matrimonio y ha estado pagando el alquiler de una casa en una urbanización de la localidad del levante almeriense.





Así, el juez obligó años atrás al Consistorio a proporcionarles una vivienda que reuniese las condiciones y características de la vivienda demolida o que, alternativamente, satisfacerla la cantidad de 800 euros mensuales en concepto de alquiler de una vivienda de iguales condiciones hasta que se resolviese el recurso, aunque el matrimonio formado por Helen y Len Prior se negaron a residir en este inmueble, habitando en el garaje de lo que un día fue su vivienda.





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